Manual Permiso AM

Tema 9: Documentación

3 PERMISO POR PUNTOS
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3.1 ¿CUÁNTOS PUNTOS TENGO?

La vigencia del permiso o licencia de conducción está condicionada a que su titular no haya perdido su asignación total de puntos, que será de 12 puntos, excepto en los siguientes casos:

  • 8 puntos: titulares de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a dos años, salvo que ya fueran titulares de otro permiso o licencia con una antigüedad de más de dos años. 
  • 8 puntos: los titulares de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, han obtenido nuevamente el permiso o licencia.

Los conductores que mantengan la totalidad de puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por cometer infracciones, recibirán como bonificación 2 puntos durante los 3 primeros años y, 1 punto por los 3 siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un máximo de 15 en lugar de los 12 iniciales.

El crédito de puntos es único para todas las autorizaciones administrativas de las que sea titular el conductor.

PÉRDIDA DE PUNTOS

El número de puntos se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos.

Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy gravesen cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.

 RECUPERACIÓN DE PUNTOS AUTOMÁTICA

Transcurridos dos años sin haber sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que impliquen la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de 12 puntos.

3.2 INFRACCIONES Y PÉRDIDA DE PUNTOS

 INFRACCIONES CON PÉRDIDA DE 3 PUNTOS (infracciones graves)

1. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la Ley de Tráfico y en los términos establecidos reglamentariamente.

2. Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en este apartado.

3. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

► INFRACCIONES CON PÉRDIDA DE 4 PUNTOS (infracciones graves o muy graves)

1. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.

2. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida.

3. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.

4. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.

5. No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes.

6. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.

7. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

8. No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios.

9. Conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida (en aire espirado más de 0,25 hasta 0,50 mg/1, y los conductores profesionales y titulares del permiso con menos de dos años de antigüedad más de O, 15 hasta 0,30 mg/1). 

► INFRACCIONES CON PÉRDIDA DE 6 PUNTOS (infracciones muy graves)

1. Conducir con una tasa de alcohol superior al doble de lo permitido (en aire espirado más de 0,50 mg/1, y los conductores profesionales y titulares del permiso con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/1).

2. Conducir con presencia de drogas en el organismo.

3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.

4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.

5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.

6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

8. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.

9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.

10. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con la siguiente tabla:

3.3 CURSOS DE SENSIBILIZACIÓN Y REEDUCACIÓN VIAL

 Cursos para recuperar parte de los puntos perdidos (10 horas)

La superación con aprovechamiento de estos cursos permite recuperar hasta un máximo de 4 puntos (nunca más de los perdidos)Sólo podrá realizarse una vez cada 2 años (los conductores profesionales uno cada año).

► Cursos para recuperar el permiso o licencia de conducción (20 horas)

Aquellos conductores que pretendan obtener de nuevo (recuperar) el permiso o licencia de conducción deben superar con éxito un curso y una prueba tipo test en la Jefatura Provincial de Tráfico. Del mismo modo, tras haber sido condenado por sentencia firme a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a dos años (únicamente el curso si la condena es inferior a dos años).

El permiso que se obtenga será de la misma clase y con la misma antigüedad, pero con un saldo de 8 puntos.

Un conductor que pierde por primera vez el permiso o la licencia de conducción debe esperar 6 meses (tres para los conductores profesionales) para poder realizar el curso. Este plazos se duplicará si durante los tres años siguientes se pierden todos los puntos.