2.1 PASOS A NIVEL Y PUENTE MÓVIL
2.1 PASOS A NIVEL Y PUENTE MÓVIL
Al aproximarse a un paso a nivel o a un puente móvil se debe extremar la prudencia y reducir la velocidad por debajo de la máxima permitida.
No debe penetrar en un paso a nivel cuyas barreras o semibarreras estén atravesadas en la vía o en movimiento (ni subiendo ni bajando), o cuando sus semáforos impidan el paso con sus indicaciones de detención.
Si el paso a nivel está desprovisto de barreras, semibarreras o semáforos, no deberá penetrar en él sin antes asegurarse de que no se acerca ningún vehículo que circule sobre raíles. No es obligatorio detenerse para observar.
El cruce de la vía férrea deberá realizarse sin demora y después de haberse asegurado de que, por las circunstancias de la circulación u otras causas, no existe riesgo de quedar inmovilizado dentro del paso.
► VEHÍCULOS QUE CIRCULAN POR RAÍLES
Los vehículos que circulen por raíles tienen derecho de prioridad de paso sobre los demás usuarios.
Los tranvías, en las intersecciones sin señal de preferencia, tienen prioridad de paso tanto por la derecha como por la izquierda, salvo sobre los vehículos prioritarios en servicio de urgencia.
Los trenes, por sus características particulares, tendrán prioridad siempre.
2.2 TÚNELES Y PASOS INFERIORES
2.2 TÚNELES Y PASOS INFERIORES
Los túneles de cualquier longitud y los pasos inferiores cuya longitud sea superior a 200 metros estarán debidamente señalizados.
En todo momento, los conductores y usuarios que circulen por un túnel o paso inferior deberán obedecer las indicaciones de los semáforos -no entrando en él si sus indicaciones no lo permiten- y los paneles de mensaje variable. Y, seguir las instrucciones que les lleguen a través de megafonía o cualquier otro medio.
El conductor deberá aplicar rigurosamente todas las normas de circulación relativas a ellos (distancia de seguridad) y, especialmente, las referidas a la prohibición de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha, marchar hacia atrás y adelantar. Además, deberá utilizar el alumbrado correspondiente.
En los túneles o pasos inferiores con circulación en ambos sentidos, está prohibido el adelantamiento, salvo que exista más de un carril para su sentido de circulación, en los que se podrá adelantar sin invadir el sentido contrario.
En los túneles y pasos inferiores, cuando no se pretenda adelantar, deberá mantenerse en todo momento una distancia de seguridad mínima, con el vehículo precedente, de 100 metros o un intervalo mínimo de cuatro segundos.
