El adelantamiento es la maniobra que consiste en sobrepasar a otro vehículo que circula delante a una velocidad inferior (más lento).
► NO SE CONSIDERA ADELANTAMIENTO…
- Circular más rápido que los vehículos que circulen por el carril de al lado (contiguo), cuando la densidad de la circulación (circulación congestionada) ocupe toda la anchura de la calzada y solo se pueda circular a la velocidad que circula el vehículo de delante (que nos precede). En esta situación, no está permitido cambiar de carril para adelantar ni para efectuar cualquier otra maniobra que no sea prepararse a girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar determinada dirección.
- Circular más rápido por los carriles o partes de la vía destinados al tráfico de determinados vehículos o a ciertas maniobras (carril de aceleración o deceleración, carril bus, arcén…), que por los normales de circulación o viceversa.
- Los producidos entre ciclistas que circulen en grupo.
5.1 ¿CÓMO SE DEBE ADELANTAR?
5.1 ¿CÓMO SE DEBE ADELANTAR?
► ANTES DE INICIAR LA MANIOBRA
1º. Mantener una separación adecuada (ni muy cerca, porque reduce el campo de visión y puede haber peligro de colisión; ni muy lejos, ya que necesitamos recorrer más distancia y más tiempo) con el vehículo que se quiere adelantar que permita:
- Comprobar que existe espacio suficiente para adelantar sin peligro, teniendo en cuenta la velocidad de su vehículo, del que va ser adelantado y, si existe, la velocidad y distancia del vehículo que circula en sentido contrario.
- Tener espacio suficiente para poder acelerar y alcanzar una velocidad notoriamente superior a la del vehículo que se pretende adelantar.
2°. Comprobar que hay espacio suficiente para volver a la derecha cuando termine el adelantamiento. No se debe adelantar a varios vehículos si no está totalmente seguro de que al presentarse otro en sentido contrario, pueda regresar hacia el lado derecho sin poner en peligro al resto de usuarios de la vía.
3°. Comprobar que:
- El vehículo al que pretende adelantar no ha indicado su propósito de desplazarse hacia el mismo lado, ya que si lo ha hecho tendrá preferencia él. No obstante, si después de un tiempo prudencial este conductor no iniciara el desplazamiento, se le podrá adelantar advirtiéndoselo previamente con señales acústicas u ópticas.
- Los vehículos que le sigan por el mismo carril, no han iniciado la maniobra de adelantar a su vehículo.
4º. Si requiere desplazamiento lateral, el conductor que se proponga adelantar deberá advertirlo con suficiente antelación antes de iniciar la maniobra y finalizará dicha señalización una vez que el vehículo se encuentre en su posición adecuada.
Para advertir el propósito de adelantar al conductor del vehículo que va delante se utilizará las señales luminosas en forma de destellos (tanto dentro como fuera de poblado) o las señales acústicas (solo fuera de poblado).
► EJECUCIÓN Y FINALIZACIÓN DE LA MANIOBRA
Como norma general, el adelantamiento debe realizarse por la izquierda del vehículo al que se pretende adelantar.
Excepcionalmente, se adelantará por la derecha, si existe espacio suficiente y con la máxima precaución:
- A los vehículos que estén indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o inmovilizarlo en ese lado.
- En vías con circulación en ambos sentidos (doble sentido), a los tranvías que marchen por la zona central.
- Dentro de poblado, en calzadas que tengan al menos dos carriles para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales.
Al finalizar la maniobra de adelantamiento, debe volver al carril de la derecha tan pronto como sea posible y de forma gradual, sin obligar a otros usuarios a modificar su trayectoria o velocidad (cuando vea al vehículo adelantado por los espejos).
Los vehículos obligados a circular por el arcén (excepto las bicicletas) no podrán adelantar a otro vehículo si la duración de la marcha en paralelo excede los 15 segundos o los 200 metros.
5.2 DISTANCIA DE SEGURIDAD AL ADELANTAR
5.2 DISTANCIA DE SEGURIDAD AL ADELANTAR
► FUERA DE POBLADO
Cuando un automóvil adelante fuera de poblado a peatones, animales, vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parcial o totalmente el carril contiguo o contrario, en su caso, siempre y cuando se den las condiciones reglamentarias necesarias para realizarla; y, en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros.
Cuando un vehículo de dos ruedas adelante fuera de poblado a otro cualquiera, lo hará de forma que entre aquél y la parte más saliente del vehículo que adelanta quede una separación lateral no inferior a 1,50 metros.
Cuando se adelante fuera de poblado a cualquier otro vehículo, se dejará una distancia lateral de seguridad proporcional a la velocidad que circula, a la anchura y características de la calzada.
► DENTRO DE POBLADO
Cuando se adelante dentro de poblado, se dejará una distancia lateral de seguridad proporcional a la velocidad que circula, a la anchura y características de la calzada.
Cuando un automóvil adelante, DENTRO o FUERA de poblado, a ciclos o ciclomotores o conjunto de estos, se deberá realizar la maniobra ocupando parcial o totalmente el carril contiguo o contrario (salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril), en su caso, y guardando una anchura de seguridad de 1,5 metros como mínimo.
5.3 ¿QUÉ DEBE HACER EL VEHÍCULO ADELANTADO?
5.3 ¿QUÉ DEBE HACER EL VEHÍCULO ADELANTADO?
► POSICIÓN ADECUADA
Está obligado a ceñirse al borde derecho de la calzada (sin pisar el arcén).
► VELOCIDAD ADECUADA
Se prohíbe al conductor que va a ser adelantado aumentar la velocidad o realizar maniobras que dificulten el adelantamiento. Y, estará obligado a disminuir la velocidad cuando, una vez iniciado el adelantamiento, se produzca alguna situación de peligro para cualquier usuario.
5.4 ¿DÓNDE ESTÁ PROHIBIDO ADELANTAR?
5.4 ¿DÓNDE ESTÁ PROHIBIDO ADELANTAR?
► SEÑALIZACIÓN QUE LO IMPIDA
- Las señales verticales que prohíben adelantar.
- Marca vial que no permita ser atravesada, salvo que para adelantar no sea necesario hacerlo.
► FALTA DE VISIBILIDAD PARA REALIZAR LA MANIOBRA CON SEGURIDAD
- Curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida.
- Condiciones meteorológicas o ambientales adversas (niebla densa, lluvia intensa, fuerte nevada…) que reducen la visibilidad.
- Detrás de otro vehículo que esté adelantando, cuando por sus dimensiones impide la visibilidad de la parte delantera de la vía.
En estos casos, de falta de visibilidad, se podrá adelantar si los dos sentidos están claramente delimitados y se pueda realizar la maniobra sin invadir el sentido contrario.
► INTERSECCIONES Y SU PROXIMIDADES (EXCEPCIONES)
Está prohibido adelantar en las intersecciones y su proximidades, excepto:
- Glorietas y plazas de circulación giratoria.
- Adelantar por la derecha (cuando el vehículo adelantado indique claramente su intención de girar o inmovilizarse a la izquierda).
- Intersecciones en las que tenga prioridad y exista señal que lo indique.
- A vehículos de dos ruedas.
► OTROS CASOS
- Pasos a nivel y en sus proximidades, excepto cuando se adelante a vehículos de dos ruedas, que por sus reducidas dimensiones no impidan la visibilidad lateral, después de advertírselo con señales acústicas u ópticas.
- Pasos para peatones y en sus proximidades, excepto cuando se adelante, a cualquier vehículo, a una velocidad tan reducida que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello.
- Intersecciones con vías para ciclistas y en sus proximidades.
- Túneles, pasos inferiores y tramos con la señal túnel, si solo tienen un carril para su sentido de circulación.
- A los vehículos que ya estén adelantando a otro, si es necesario invadir la parte de la calzada reservada a la circulación en sentido contrario.
5.5 SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTO
5.5 SUPUESTOS ESPECIALES DE ADELANTAMIENTO
Se podrá ocupar la parte reservada a la circulación en sentido contrario, incluso cuando esté prohibido expresamente por la señalizacion, para:
- Rebasar a un obstáculo o un vehículo inmovilizado (por avería, accidente…) que ocupe su carril, tras asegurarse de que no existe peligro. Pero, si la inmovilización responde a necesidades del tráfico, debe quedarse detrás de él (no se puede adelantar).
- Adelantar a ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando su velocidad permita realizar la maniobra sin riesgo para ningún usuario de la vía.
